Tramitación para la autorización para el pago de la asignación familiar por Cónyuge con discapacidad
Para tramitar esta Autorización es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES. Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación.
Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.
Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante las oficinas de ANSES presentando la documentación necesaria.
MONTOS
Para conocer los topes remunerativos y los montos correspondientes, acceda a la Tabla de Montos vigentes a partir de octubre de 2011, desde aquí.
DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR
– Original del Formulario P.S.X.XX “Declaración Jurada para la Tramitación de la Autorización para el Cobro de la Asignación por Hijo / Cónyuge con Discapacidad”.
– Original y fotocopia del Certificado Único de Discapacidad (CUD), expedido por los organismos habilitados a tal efecto, en el marco de las previsiones de la Ley Nº 22.431. En las provincias que momentáneamente se encuentran excluidas de la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) se deberá presentar, en su reemplazo, el certificado de discapacidad vigente conforme a la Ley Provincial correspondiente. (*)
Si la persona con discapacidad cuenta con Certificado de Discapacidad Provincial vigente al momento de la presentación del trámite de autorización de discapacidad, puede presentar original y fotocopia del mencionado certificado, el que se considerará válido hasta la fecha de su vencimiento.
– Documentación para la carga de las relaciones y acreditación de datos de persona en la Base Administrador Datos de Personas de ANSES (ADP) y para actualizar el domicilio tanto del titular como del Discapacitado, si estos no se encontraran registrados/actualizados. Solicitar cartilla “Actualización de datos personales y de relaciones”.
– En los casos de hijos con discapacidad mayores de 18 años en donde no coincidan los domicilios declarados en el Formulario “Declaración Jurada para la Tramitación de la Autorización para el Cobro de la Asignación por Hijo/Cónyuge con Discapacidad”, el titular deberá presentar original y fotocopia de la documentación respaldatoria que acredite que tiene a su cargo a su hijo mayor de 18 años; acompañando al menos una constancia de las que se detallan a continuación:
a) Certificado médico que acredite que por razones de salud la persona con discapacidad vive en el domicilio declarado, acompañando documentación que acredite la manutención del discapacitado por parte del titular (giros bancarios, resumen de gastos mensuales, receta médica con factura de pago de remedios extendida a nombre del titular, contrato de alquiler a nombre del titular con la constancia de pago respectiva, etc.);
b) Otra documentación que permita comprobar que el titular contribuye a hacer frente a la enfermedad del discapacitado.
ACLARACIONES
(*) Las provincias exceptuadas de la emisión del Certificado Único de Discapacidad CUD son: la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y las Provincias de Córdoba, Misiones y Santa Cruz, las que continúan emitiendo el certificado de discapacidad conforme a la Ley Provincial correspondiente.
Los Certificados de Discapacidad Provinciales vigentes al momento de la presentación del trámite son válidos hasta la fecha de su vencimiento. Luego de ese plazo, a fin de renovar la autorización por discapacidad, los beneficiarios deberán tramitar el CUD para presentarlo ante ANSES. Las autorizaciones otorgadas por ANSES en forma permanente, mantienen ese carácter a los efectos del cobro de las asignaciones.
Toda información referente al Certificado Único de Discapacidad (CUD) puede consultarse en la página del Servicio Nacional de Rehabilitación (www.snr.gov.ar) o por correo electrónico a la dirección juntaevaluadora@snr.gov.ar.
Recuerde renovar el Certificado Único de Discapacidad (CUD) con dos meses de anticipación al vencimiento del certificado vigente, para ello deberá concurrir a las Juntas Evaluadoras correspondientes. Obtenido el Certificado Único de Discapacidad (CUD) deberá renovar la autorización para el cobro de Asignaciones por Discapacidad, previa solicitud de turno en ANSES.
Teniendo en cuenta que podrían existir demoras en el otorgamiento de los turnos para la tramitación de los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD), al momento de la solicitud del turno ante las Juntas Evaluadoras, solicite una constancia del día en el que gestionó el mismo.